Regrabado de Motor Maquinaria Agrícola, Industrial y Autopropulsada.
REQUISITOS | |
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1 | Inscripción ante el sistema RUNT por los ciudadanos y/o persona jurídica, involucrados en el trámite |
2 | Formulario único de solicitud de trámites diligenciado completamente, debe ser firmado por el(los) propietario(s) o por el autorizado. |
3 | Trámites adelantados por personas jurídicas: Cuando quien adelanta el tramite ante un organismo de transito es una persona jurídica, el organismo deberá verificar a tráves del RUES el certificado de existencia y representación legal de la misma. Para las personas de derecho público, bastara con la presentación del acto administrativo que contenga la delegación o autorización para la realización de los tramites. |
4 | Cuando el Trámite se realice a tráves de un tercero, este deberá presentar el contrato de mandato o poder especial, a tráves del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el tramite por cuenta y riesgo del mandante; este documento debe contener firmas y huellas dactilares, ademas deberá estar acompañado de la fotocopia del documento de identidad. |
5 | Validación a tráves del sistema RUNT del Paz y Salvo por infracciones de transito |
6 | Cuando la regrabación se realiza por Orden Judicial, se requiere la Decisión Judicial que ordena o autoriza la regrabación. |
7 | Certificaciones de la revisión previa y posterior a la regrabación realizada por la Dijin; en cualquiera de estas se deberán adherir las improntas de la regrabación. El mismo procedimiento será aplicado cuando el número se encuentre grabado en plaqueta. |
8 | Cuando la regrabación se realiza por deterioro, da?o o perdida de los guarismos de identificación, se requiere revisión técnica realizada por la Dijin, en la que se determine el estado de identificación del vehículo, especificando la necesidad de practicar la regrabación y la revisión técnica posterior a la regrabación, certificando los guarismos regrabados. En caso de deterioro o daño se deberán adherir las improntas en la revisión previa y en la posterior; en los casos de perdida se adherirán las improntas de los guarismos regrabados. |
9 | Para los casos en los que intervienen menores de edad, es necesario probar la representación del Menor; si esta a cargo de los padres, se debe anexar el Registro Civil de Nacimiento del Menor; si esta a cargo de Curador o Tutor deberá anexar copia de la decisión de la autoridad competente |