Los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago
- – Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.
- – Entre los cuatro (4) Y los ocho ( meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.
- – Entre los ocho ( y los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 80% del capital sin intereses de mora.
Esta condición no se aplicará para el pago de multas por infracciones a las normas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
De la misma manera, en su artículo 50, mejores beneficios se otorgaron a deudores de multa por infracciones a las normas de tránsito de motocicletas igualmente, que estén exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, donde se tendrá derecho a:
- Dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagara el 20% del capital sin intereses.
- Entre los seis (6) y ocho (8) meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley se pagará el 40% del capital sin intereses.
- Después de los ocho (8) y hasta los doce (12) meses, pagará el 60% del capital sin intereses.